Escolarizacion curso 2011/2012

CALENDARIO DE ESCOLARIZACIÓN


CURSO 2011/2012

Orden del 24 de febrero de 2011

Disposición adicional séptima. Calendario del procedimiento ordinario de admisión para el curso escolar 2011/2012.


Del 1 al 31 de marzo el período de presentación de solicitudes

El 31 de marzo de 2011 se celebrará el sorteo al que se refiere el artículo 34 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero. (Para resolver las posibles situaciones de empate que subsistan tras la aplicación de los criterios de prioridad regulados en el artículo 33)

Con anterioridad al 14 de abril de 2011, los centros docentes deberán publicar la relación de alumnos y alumnas solicitantes y, en su caso, la puntuación total obtenida.

El 14 de abril de 2011 comienza el trámite de audiencia establecido en el artículo 12.1

El 11 de mayo de 2011 se publicarán las resoluciones de admisión.

Antes del 14 de mayo de 2011 se publicará la adjudicación de plaza escolar al alumnado no admitido en el centro docente elegido como prioritario.

El 14 de mayo de 2011 comenzará el plazo establecido para la presentación de recursos de alzada y reclamaciones ante la persona titular de la Consejería establecido en el artículo 52 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero.

Una vez concluida la adjudicación de plazas escolares, el plazo de matriculación para las enseñanzas del segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación especial es el comprendido entre los días 1 y 8 de junio de 2011.
Para las enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato será el comprendido entre los días 1 y 10 de julio de 2011, excepto los que cursen educación secundaria obligatoria en centros docentes donde también imparten la educación primaria, cuyo plazo será del 1 al 8 de junio de 2011.


Decreto 40/2011, de 22 de febrero.
Artículo 10. Criterios para la admisión del alumnado.

1.-Existencia de herman@s matriculad@s en el centro o padres, madres o tutores o guardadores legales que trabajen en el mismo.

2.-Proximidad del domicilio familiar o del lugar de trabajo del padre, de la madre o de la persona tutora o guardadora legal.

3.-Renta anual de la unidad familiar.

4.-Concurrencia de discapacidad en el alumno o la alumna, en sus padres, madres o tutores o guardadores legales, o en alguno de sus hermanos o hermanas menores en acogimiento en la misma unidad familiar. En el segundo ciclo de la educación infantil se considerará también la presencia en el alumnado de trastornos del desarrollo.

5.-Que el alumno o la alumna pertenezca a una familia con la condición de numerosa.

6.-Que el alumno o la alumna pertenezca a una familia con la condición de monoparental y sea menor de edad o mayor de edad sujeto a patria potestad prorrogada o tutela.

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